domingo, 30 de junio de 2013

Colegio profesional de Criminología


Con la aprobación del primer Colegio Oficial de Criminólogos de la Comunidad Valenciana, cuyo objeto es la constitución de esta entidad como corporación de derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, además, gozará de autonomía en cuanto a su organización y funcionamiento.

Con la creación del colegio permitirá establecer unos requisitos mínimos de calidad en los informes de estos profesionales que son determinantes en un juzgado, entre otros asuntos.

Ahora los criminólogos tendrán un sitio al que dirigirse para luchar por la defensa y reconocimiento de su profesión, que hasta ahora ha sido ignorada.

Esperamos que el resto de Comunidades Autónomas se sumen a la iniciativa y luchen por la creación del suyo propio. Nosotros desde luego estamos en ello, y nos consta que Madrid ya he presentado su proyecto.
Dr. JM Macías
 

jueves, 6 de junio de 2013

ENTREGA DE DIPLOMA DE ASISTENCIA

Estimados asistentes al I Congreso Internacional de Criminología, Derecho Penal y Derechos Humanos, desde las Asociaciones organizativas Ascrim Sevilla y Ascolcrim Región de Murcia, expresar nuestra más sincera disculpa por el retraso en la expedición de los Diplomas, que por nuestra parte lo teníamos listo para entregar para poco después de su terminación.
Debido al retraso de la Universidad de Sevilla, por no haberse reunido durante cerca de tres meses el órgano encargado de conceder los créditos (Consejo Rector de la Universidad de Sevilla), al parecer por motivos de agenda, y por ello no nos ha sido posible expedir los mismos.
Por fin el pasado 29 de mayo de 2013, se reunieron y de los 3 créditos solicitados inicialmente indicados en los dípticos de inscripción, han emitido la resolución en la que conceden 2 créditos por las 21 horas lectivas totales finales realizadas.

A lo largo de esta semana y la próxima esperamos tener todos entregados.

Agradeceros vuestra paciencia y nos tienen a vuestra disposición.
Sevilla a 3 de Junio de 2013

Pte. de Ascrim Sevilla

viernes, 12 de abril de 2013

Diploma del Congreso 10 de mayo

Informa que la expedición de los diplomas de asistencia al I Congreso Internacional de Criminología, Derecho Penal y Derechos Humanos, se procederá a mediados del mes próximo. Si todo va conforme programa, el 15 de abril se reúne el consejo rector de la Universidad, y nos notificarán los créditos concedidos finalmente y se adjuntará en el diploma de asistencia la resolución del mismo al dorso para que quede constancia del mismo. Así que a partir del 18 abril esperamos poder comenzará la remisiones de los mismo a los interesados. 
Se remitirá por correo electrónico en formato digital PDF. (Procedimiento similar a como lo realiza la Junta de Andalucía.)


Nota.- Todos los diplomas de aquellos alumnos que cumplieron con las normas de asistencia tienen ya listo su correspondiente diploma. Pero existe un retraso debido a que la Universidad no ha emitido aún la resolución para el reconocimiento de los créditos, por tanto hasta que esto no lo emitan, no podemos emitir ninguno.

NOTICIAS DE ÚLTIMA HORA

Debido a retraso que estamos sufriendo por la Resolución de la Universidad de Sevilla, hemos formulado una queja, recibiendo como contestación que el Consejo Rector de la Universidad no se ha reunido en estos dos meses últimos por problemas internos de los miembros del Consejo Rector de la Universidad, que si bien nos informa que el 29 de Mayo se reunirán y tendremos la tan esperada resolución para los créditos universitarios concedidos por la Universidad de Sevilla por la asistencia al Congreso.

Rogamos disculpen las molestias, pero es un problema ajeno a esta Asociación. La Universidad de Sevilla se ha comprometido a avisarnos nada más tengan dicha resolución y son consciente del retraso, al parecer por motivos de agenda el consejo rector de la Universidad de Sevilla, aún no se han podido reunir.

 
Pte de Ascrim Sevilla. JM Macías.

La Guardia Civil recibe a los alumnos de Criminología


Se trata de jóvenes que cursan sus estudios del grado en el Campus de Jerez de la Frontera

La Guardia Civil de Cádiz ha recibido en sus instalaciones a un grupo de alumnos del Campus jerezano de la UCA, que cursan estudios en el grado de Criminología y Seguridad Pública, todo ello dentro del convenio de colaboración suscrito entre la Universidad de Cádiz y la Guardia Civil.

Este tipo de actividades formativas cuenta con una gran aceptación entre el alumnado, los cuales siempre han sido recibidos con gran cordialidad por los miembros de la Comandancia de Cádiz, que les han hecho un repaso por sus diferentes misiones, aspectos técnicos del quehacer diario, aspectos operativos y técnicos, además de realizar una visita por las instalaciones de la Comandancia.

Los alumnos han podido comprobar de primera mano cómo funcionan las diferentes especialidades que prestan sus servicios en esta Comandancia, centrando fundamentalmente su práctica en la labor de las unidades de investigación y en el Laboratorio de Criminalística de la Comandancia.
 
Redacción Cádiz | Actualizado 12.04.2013 - 08:22
 
 

domingo, 17 de marzo de 2013

GRACIAS A QUIENES LO HICIERON POSIBLE...



La Junta directiva de la Asociación de Criminología de Sevilla con su presidente al  frente desea hacer llegar el más sincero y cálido agradecimiento a todos los asistentes a nuestro I Congreso Internacional.

Todos, sin excepción, ponentes, oyentes y colaboradores han estado a un altísimo nivel y han permitido superar con creces las expectativas previstas de debate académico y de concienciación de la trascendencia de la tarea reservada a los criminólogos. Empero, en nuestro afán de mejora, pedimos también disculpas por los posibles errores que desde la inexperiencia hayamos podido cometer.

Lo cierto es que aunque comienzan a despejarse nubarrones en el futuro criminológico, aun queda mucho camino por recorrer para que esta ciencia ocupe el lugar que sabemos le corresponde; no obstante, la motivación y formación de los casi 200 participantes en las jornadas nos hace pensar que el objetivo está cada día más cerca.

Gracias, muchas gracias a todos y todas.

miércoles, 13 de marzo de 2013

TODO A PUNTO...



  
Desde ayer se encuentra en Sevilla don Juan J. Nicolás, presidente de la Asociación Colegial de Criminólogos de Murcia y coorganizador del I CONGRESO INTERNACIONAL SOBRE CRIMINOLOGIA, DERECHO PENAL Y DERECHOS HUMANOS que se celebra en Sevilla durante los días 14, 15 y 16 de este mes de marzo.

   En la imagen ultimando detalles con el presindente de ASCRIM-Sevilla, don José María Macías y más abajo parte de la Junta Directiva y equipo de colaboradores en el evento.


En suma, todo a punto para aprovechar este simposio que tenemos la suerte de disfrutar en nuestra ciudad.

sábado, 9 de marzo de 2013

COLEGIO OFICIAL DE CRIMINOLOGÍA


 LA CREACIÓN DEL PRIMER COLEGIO PROFESIONAL DE CRIMINOLOGÍA DE ESPAÑA

En la web de la Asociación Profesional de Criminólogos de la Comunidad Valenciana cabe destacar la siguiente noticia a la que nos sumamos plenamente y coincide como uno de los fundamentos de nuestra Asociación de Criminología de Sevilla. Esta noticia, casi viene a coincidir con el Congreso Internacional de Criminología, Derecho Penal y DDHH, que se celebra la semana próxima, 14 15 y 16 de marzo, una cita casi obligada para todos los Criminólogos y todos los interesados en la materia. Una gran noticias para todos los Criminolog@s que luchamos por una profesión digna y reconocida.

Dr. JM Macías. Pte de Acrim Sevilla
PRIMEROS PASOS PARA LA INSERCIÓN LABORAL DEL CRIMINÓLOG@

“Tras largos años de espera, renace la esperanza de los Criminólogos/as de verse representados y de conseguir la dignidad profesional que reclaman.

La Asociación Profesional de Criminólogos de la Comunidad Valenciana (APCV) solicitó en 2008 la creación de un Colegio Oficial de ámbito autonómico. Al mismo tiempo, otras dos asociaciones valencianas de criminólogos solicitaron la creación de Colegios Oficiales de ámbito provincial.

Fruto del trabajo de los y las criminólogas, y gracias a la reciente reunión que miembros de la Junta Directiva de la APCV tuvieron hace escasamente un mes con el Secretario Autonómico de Justicia, Sr. Antonio Gastaldi (foto inferior), el proyecto de ley de creación del Colegio Oficial de Criminólogos ha sido aprobado por el Consell en la sesión del día 30 de noviembre.”

Desde Ascrim Sevilla queremos unirnos a las felicitaciones recibidas ya por  otras asociaciones de criminología de España, manifestado nuestra alegría por el logro conseguido, ya que la creación del Colegio Oficial es el gran paso que esperábamos para poder luchar por la inserción laboral y reconocimiento de las y los criminólogos.

“Sólo desde el Colegio profesional se podrá actuar por su inserción en unos tiempos complicados, por la dignificación de la titulación y de sus titulados/as, y para luchar contra el grave problema de intrusismo que ya existe por parte de personas que no tienen una titulación oficial”.
Hacer constar que la Comunidad Valenciana puede ser pionera en la implantación de un Colegio Oficial de Criminólogos, pues no existe ninguno en el Estado español.


viernes, 8 de marzo de 2013

UN COLOFÓN EXCEPCIONAL

Si el desarrollo del Cónclave que se inicia el próximo martes lo permite, el día 16 se prevé un colofón especial al ciclo de conferencias protagonizado por el Cardenal y Doctor "honoris causa", don Carlos Amigo.


sábado, 2 de marzo de 2013

I CONGRESO INTERNACIONAL DE CRIMINOLOGÍA, DERECHO PENAL Y DERECHOS HUMANOS



¡Últimas plazas!
Aprovecha un congreso de estas características y con un plantel de ponentes de reconocido prestigio internacional.



Del 14 al 16 de marzo de 2013. Plazo de matrícula abierto hasta el 13 de marzo o se agoten las plazas.

viernes, 1 de marzo de 2013

THOMAS GIL EN SEVILLA...


El Dr. Thomas Gil es Catedrático de Filosofía de la Ciencia en la Universidad Técnica de Berlín (Technische Universität Berlin – Alemania) e intervendrá en la mañana del sábado con una disertación sorprendente:


jueves, 28 de febrero de 2013

EL SESGO POLICIAL EN EL CONCEPTO DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO



Es inconcebible cómo en los foros policiales y en los centros de formación profesional, tanto el colectivo de manera generalizada como el propio profesorado responsable alienta y confunde el concepto de la violencia de género limitándolo a determinadas formas de violencia específicamente dirigida contra la pareja o ex pareja del agresor, con o sin convivencia.

Tal idea se ha visto acrecentada en gran medida por la cualificación que supuso la aprobación de la Ley orgánica 1/2004, de medidas de protección integral en materia de violencia de género, pues a nadie escapa que desde su entrada en vigor se restringe el concepto a los ilícitos penales que allí se contienen y hasta se instruyen atestados policiales calificando impropiamente tales comportamientos como “delitos de violencia de género”.

Se trata aquí, grosso modo, de llamar a una reflexión sobre las distintas situaciones de violencia contra las mujeres basada en la pertenencia al sexo femenino y en las relaciones desiguales de poder entre hombres y mujeres, en función del ámbito y naturaleza de la relación que les une con el agresor. Sobre dicha base, de menor a mayor grado de relación entre víctima y victimario, cabe destacar las siguientes situaciones de violencia:

  • Violencia social y de género
Donde se incluyen todas las manifestaciones de violencia contra la mujer realizadas por personas que carecen de vínculos de convivencia, laborales o docentes con la víctima. Paradigmas de tales comportamientos los encontramos en las agresiones sexuales, los relativos a la prostitución o la discriminación por razón del sexo como delito contra los derechos fundamentales.

  • Violencia laboral y docente de género
La que se produce cuando entre agresor y víctima media alguna relación de tipo laboral, docente o análoga, y aunque se da entre iguales, normalmente existe un prevalimiento de la posición de dependencia de la víctima respecto del agresor. El acoso sexual es un claro ejemplo de este tipo de violencia.

  • Violencia doméstica y de género
Donde se encuadran todas aquellas situaciones de violencia sobre la mujer que se producen en el marco de una relación de convivencia entre ascendientes, descendientes, hermanos u otras personas integradas en el núcleo familiar a que se refiere el artículo 173.2 del Código penal. Sobre el requisito de convivencia véase la Consulta 1/2008, de la Fiscalía General del Estado.

  • Violencia doméstica y de género cualificada.
Por último, ha de entenderse como violencia de género cualificada la regulada específicamente en la referida Ley orgánica 1/2004, esto es, la que se ejerce sobre las mujeres por quienes sean o hayan sido sus cónyuges o por quienes estén o hayan estado ligados a ellas por una relación de afectividad análoga, aún sin convivencia.


domingo, 17 de febrero de 2013

UN PLANTEL DE LUJO...













FALTAN 3 DÍAS PARA EL INICIO DEL CONGRESO, AÚN ESTÁS A TIEMPO DE MATRICULARTE


I CONGRESO INTERNACIONAL DE CRIMINOLOGÍA, DERECHO PENAL Y DERECHOS HUMANOS


Faltan 3 días.


Ampliamos plazas, aprovecha un congreso de estas características y ponentes del primer nivel. Además lo tenemos en nuestra tierra


Jueves 14, viernes 15 y sábado 16 de marzo del 2013, que no se te escape.


Se celebrara en el Salón de Actos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Sevilla, ubicada a escasos metros del apeadero de Renfe y parada de metro. En C/ Enramadilla 18-20 41018 Sevilla, frente a los Juzgados del edificio Viapol.


L@s soci@s de Ascrim debidamente acreditados, recibirán un descuento de 25% de la inscripción en el Congreso, que tendrá un coste de matriculación de 40 euros (Plazas limitadas).

Descárgate el díptico en el margen derecho.

domingo, 3 de febrero de 2013



¿Para qué sirve un criminólogo español?

Una de las grandes incógnitas de los estudios de Criminología es la relativa al futuro profesional.  En España no existe la excelente y profunda tradición académico-criminológica que encontramos, por ejemplo, en el Reino Unido. Allí se trata de una carrera reconocida y reconocible; una salida más para cualquier estudiante. En nuestro país, por otra parte, se ha tratado siempre de un segundo ciclo. Una suerte de auto-indulgente complemento a estudios de Psicología o Derecho (olvidando, casi por completo, que la Criminología debería abrazarse íntimamente a la sociología).

Existen grandes estudiosos de la Criminología en estas tierras de molinos y soleadas playas: Herrero Herrero, Garrido Genovés, Serrano Maíllo, García-Pablos… Autores de excelente capacidad analítica, grandes estudiosos de la política criminal, escritores de excelentes manuales (gruesísimos todos ellos y muy pesados… En el terreno físico) que pueblan las estanterías de nuestros estudiantes.

 Sin embargo no existe una escuela criminológica actual, una línea de investigación o de pensamiento, una teoría criminológica pura y esencialmente española.  En la mayoría de los casos se trata de traducciones, estudios o interpretaciones de las obras angloamericanos sociológicas que datan de principios de siglo pasado.  Y esta indeterminación se traduce en la figura del criminólogo: Un ser polifacético, multidisciplinar, social, inquieto, apasionado por el saber y siempre dispuesto a conocer. Hoy en día trabajadores sin colegio, desperdigados en asociaciones de ámbito autonómico o local.

 La falta de concreción en lo relativo a la figura del criminólogo en España hace que los poderes públicos no sean conocedores del potencial extremo de estos nuevos graduados. Un potencial que les permite realizar todo tipo de labores como serían el diseño de Políticas de Seguridad Pública (incluyendo Políticas de corte situacional o arquitectónico), el asesoramiento a ayuntamientos o entes locales en lo relativo a la existencia de factores criminógenos, así como la investigación de las tasas de criminalidad, la redacción de informes clínico-criminológicos que aborden la figura del delincuente desde un conocimiento exacto y exquisito, funcionariado de prisiones, asesores policiales,  etc. Desde un punto de vista privado (el criminólogo no tiene porqué ser solamente un devoto de lo público) la llevanza de la seguridad de todo tipo de instituciones, la colaboración con despachos de Abogados o la consultoría criminológica… Es decir, la asunción de unos actos propios, de una lex artis, de un “saber hacer” propio de unos estudios de grado completos, complejos y enriquecedores. Es menester que nuestros graduados brillen con la fuerza de mil soles en el firmamento de un futuro otrora oscuro, se lo han ganado a pulso.  Es obligación de todos nosotros, docentes, alumnos, juristas, investigadores, etc. El reclamar el merecido lugar de todos estos graduados.

 Por Jorge Ramiro Pérez Suárez

Publicado en Ciencias Penales Etiquetas: actos propios, colegios profesionales, Criminología, criminología española, grado en criminología.


Comentario:

Interesante pregunta: ¿Para qué sirve un criminólogo español? « David Garriga Guitart dice:

David dice:

Apreciado Jorge,

Me pareció muy acertada tu pregunta. Como tú, todos los criminólogos de este país nos planteamos lo mismo. Nosotros estudiamos la carrera en la UB de Barcelona. Aun a día de hoy, nos preguntamos por qué entre los docentes de la carrera no hay ningún criminólogo, solo licenciados en derecho y en psicología.

 Espero que haya más artículos como el tuyo y esta carrera tan bonita y a la vez tan importante pueda ir cogiendo el mérito que merece.

Ascrim Sevilla.
Este artículo pone de manifiesto cómo es posible que no se potencie la Criminología en nuestro país.

En el mundo académico quiero poner de manifiesto que en la mayoría de las universidades españolas que imparten Criminología, no tienen profesores con titulación académica de Licenciado o Doctores en la misma, solo algunas poseen profesores para el grado de Criminología con titulación de Ldo. o Dr. en Criminología.

Ya somos un grupo nutrido de licenciados en Criminología y futuros graduados - están a punto de salir las primeras promociones- y es necesario que se vaya corrigiendo estas desigualdades. No me imagino que en el Grado de Derecho haya un profesor que fuera un licenciado en Psicología con un curso de economía bancaria o de Derecho Constitucional, ya se denomine máster o como quieran llamarlo. Como mínimo le exigen  que fuera  Licenciado o Graduado en Derecho, lo que es perfectamente lógico.

Un saludo a todos. Y nos veremos en el Congreso de Sevilla de Criminología en marzo 2013.

Pte.  Ascrim. Dr. JM Macías

(Ldo. en Criminología y Dr. en Criminología Ciencias Forenses. JM Macías)



jueves, 24 de enero de 2013

I CONGRESO INTERNACIONAL DE CRIMINOLOGIA, DERECHO PENAL Y DERECHOS HUMANOS. ABIERTO PLAZO DE INSCRIPCION

Abierto plazo de inscripción.

El Congreso tratará sobre temas de actualidad. Esta destinado a toda la comunidad universitaria relacionada con la Ciencias Sociales y Ciencias afines a la mismas.

Te esperamos y recuerda que se ha solicitado el reconocimiento de 3 Créditos universitarios de Libre Configuración por la Universidad de Sevilla. Toda la información te la dejamos a continuación.

Acude nos hace falta gente que crea en la Criminología, e implicar a todas las instituciones para que la figura del criminólogo tenga una presencia en las mismas, más allá del ámbito puramente académico.

Nota.-  Una vez formalizada la matrícula, a todos los soci@s de Ascrim Sevilla, se les devolverá el 25 % del importe total de la misma.

Pte de Ascrim. Dr. D. JM Macías.

miércoles, 23 de enero de 2013

Calculo de la tasa de criminalidad

Os dejo con un conceptos y  nociones básicas que manejamos los criminólogos en nuestra profesión. Para aquellos que nos siguen y tienen interés en saber algo más. Con el tiempo iremos introduciendo algunos conceptos básicos, para que el lector profano pueda comprender algunos términos, que le ayuden a manejar datos y desenvolverse con facilidad. Hoy hablaremos de la tasa de criminalidad.

Tasa de Criminalidad
 
La Tasa de Criminalidad es un mecanismo que nos aproxima a la criminalidad existente, con ella calculamos el número de delitos existentes, pero no es algo exacto, porque hay delitos de los que no se tiene conocimiento, y por ello no se pueden medir.

Es un cálculo muy sencillo, y no reviste de dificultad teniendo unos elementos concretos muy claros:

Primero se coge el numero de delitos, se divide este por la población, y se multiplica por el coeficiente corrector, el cual es un conector que se fija en función de la población, que con carácter general usaremos el 100.000.

El índice corrector, nunca debe de ser superior al tamaño de la población, ya que si tenemos una población de 3.000.000 habitantes, SI que  nos serviría el 1.000.000.; pero si  fuese menor, no.

Ejemplo: Calcula la Tasa de Criminalidad, en Andalucía, donde se ha producido un total de 40.042 delitos de Tipo A (delitos con incidencia directa en la seguridad ciudadana), y tiene una población de 7.000.000.

 

T.C=  nº Delitos  x   Índice conector

                                                      N

 

Nº delitos= 40.042

                                                   N= 7.000.000

Índice = 1.000.000

                                                   N > Índice

 

                                T.C=    40.042      X   1.000.000 = 5720’28

                                         7.000.000

 

El resultado “5720’28" son los delitos de Tipo A por cada 1.000.000 de personas; esto es importante ponerlo, ya que es la forma de medir la T.C.; por estar especificándonos lo que estamos tratando.

 

 

 Pte de Ascrim. Sevilla. Dr. JM Macías

 

 

sábado, 5 de enero de 2013

TASAS JUDICIALES

La Criminología como bien es sabido, se ocupa entre otros, del delincuente como objeto de estudio y análisis, así como de la víctimas u perjudicado. A petición de algunos asociados, así como de la preocupación creciente de una gran parte de la población sobre el desconocimiento y politización que está ocurriendo sobre la nueva ley de tasa que se está aplicando en nuestro país, sin entrar en la conveniencia o no de dicho cobro, el tiempo nos dirá si realmente ha servido al supuesto objetivo de descongestionar los juzgados, y buscar otras vías extrajudiciales, como el arbitraje o mediación en los conflictos.
Otro caso será analizar a que profesionales se le asignará, o se está asignando el Arbitraje, y por otro lado el de Mediación. Sin más os dejo un breve resumen de cómo afectan las TASAS JUDICIALES a los demandantes de justicia por ser víctima de alguna injusticia...

Pte. Ascrim Sevilla.

Dr. JM Macías

CLAVES SOBRE LAS NUEVAS LEY DE TASAS JUDICIALES
Los ciudadanos que quieran hacer valer sus derechos ante los tribunales tendrán que pagar con la nueva ley de tasas judiciales: recurrir una multa de tráfico, comenzar un proceso de divorcio, reclamar una herencia o una indemnización por accidente.
En algunas ocasiones las tasas superarán incluso el valor reclamado, por lo que se dejará de reclamarlo, haciendo a los ciudadanos indefensos antes tales abusos de poco valor.

1.- ¿EN QUÉ JURISDICCIONES HAY QUE PAGAR?

En las jurisdicciones de Civil, Social (o Laboral), Contencioso-Administrativa.

Quedan exentas:

La Penal

•La Militar.

2.- ¿CUÁNDO HAY QUE PAGAR?

1. A interposición de la demanda en toda clase de procesos declarativos y de ejecución de títulos ejecutivos extrajudiciales en el orden jurisdiccional civil, la formulación de reconvención y la petición inicial del proceso monitorio y del proceso monitorio europeo.

2. La solicitud de concurso necesario y la demanda incidental en procesos concursales.

3. La interposición de la demanda en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

4. La interposición del recurso extraordinario por infracción procesal en el ámbito civil.

5. La interposición de recursos de apelación contra sentencias y de casación en el orden civil y contencioso-administrativo.

6. La interposición de recursos de suplicación y de casación en el orden social.

7. La oposición a la ejecución de títulos judiciales.

 

3.- ¿CUÁNDO ESTÁ LIBRE DE TASAS?
1. Procesos de capacidad, filiación y menores, así como los matrimoniales que versen exclusivamente sobre la guarda y custodia de hijos menores o sobre alimentos reclamados por un progenitor contra el otro en nombre de los hijos menores.
2. Por la interposición de la demanda y posteriores recursos cuando se trate de procedimientos establecidos para la protección de los derechos fundamentales y libertades públicas, así como contra la actuación de la Administración electoral.

3. Por la solicitud de concurso voluntario por el deudor.
4. La interposición de recurso contencioso-administrativo por funcionarios públicos en defensa de sus derechos estatutarios.
5. La presentación de petición inicial del procedimiento monitorio y la demanda de juicio verbal en reclamación de cantidad cuando la cuantía de las mismas no supere 2.000 euros.
6. La interposición de recursos contencioso-administrativos cuando se recurra en casos de silencio administrativo negativo o inactividad de la Administración.
 

4.- ¿CUÁL SERÁ LOS COSTES JUDICIALES?
 




5.- ¿QUIÉN TIENE QUE PAGAR LAS TASAS JUDICIALES?
Las tasas la tienen que pagar las personas que interpongan una demanda o apelen en el ámbito civil y el contencioso-administrativo o recurran en lo social.
Existen una serie de excepciones:
•Las personas que demuestren insuficiencia de recursos para litigar y, por tanto, se les haya reconocido el derecho a la justicia gratuita no tendrán que abonar tasas: unidades familiares que ganen menos de 14.900 euros al año y que no muestren signos externos de capacidad económica.
Los trabajadores que interpongan demandas en el orden social, sean por cuenta ajena o autónomos, tendrán una exención del 60% de la cuantía de la tasa que le corresponda por la interposición de los recursos de suplicación y casación.
 

6.- ¿SE DEVUELVEN LAS TASAS?
Las tasas no se devuelven, salvo en determinados casos:
•Terminación extrajudicial del caso que ahorre parte de los costes de la prestación de servicios.
•Cuando se acumulan varios procesos, sólo hay que pagar las tasas de uno, y por lo tanto se devuelven las tasas del resto de los casos.
 7.- ¿DÓNDE VA EL DINERO DE LAS TASAS?
Servirá para sufragar los gastos de la justicia gratuita. Se prevé recaudar con el nuevo sistema de tasas 306 millones de euros, menos del 10% de los costes de la Justicia gratuita: 4.000 millones.
 
En la siguiente pagina web os dejamos un enlace que nos ha parecido muy buena para el cálculo de la tasa judiciales. http://www.jurisoft.es/herramientas/tasas.aspx

miércoles, 2 de enero de 2013

I CONGRESO INTERNACIONAL DE CRIMINOLOGÍA, PENAL Y D. HUMANOS


I CONGRESO INTERNACIONAL DE CRIMINOLOGÍA, DERECHO PENAL Y DERECHOS HUMANOS

El congreso será organizado por ASCRIM  Sevilla, así como ASCOLCRIM de Murcia, en colaboración con la Universidad de Sevilla que se celebrará el jueves 14, viernes 15 y sábado 16 de marzo del 2013. Tendrá un reconocimiento de 3 CRÉDITOS UNIVERSITARIOS por la Universidad de Sevilla.

Se celebrara en el Salón de Acto de la Facultad de Derecho de Universidad de Sevilla, ubicada a escasos metros del apeadero de Renfe y parada de metro. En C/ Enramadilla 18-20    41018  Sevilla . Frente de los Juzgados del edificio Viapol.

Se hace saber que para los socios de Ascrim debidamente acreditados, recibirán un descuento de 25% de la inscripción en el Congreso. Que tendrá un coste de matriculación de 40 euros. (Plazas limitadas)

EN  BREVE SE AMPLIARÁ INFORMACIÓN E INFORMAREMOS DEL PLAZO DE INSCRIPCIÓN.

martes, 18 de diciembre de 2012

ADAPTACIÓN AL GRADO EN CRIMINOLOGÍA


A todos los socios de la Asociación, así como a los que nos siguen y espero que pronto se incorporen a nuestras filas.

 

Como sabéis, hay muchos Criminólogos y Criminólogas que tienen el antiguo Título equivalente a Diplomatura en Criminología, y como sabéis desde que se creó la Titulación Oficial de Licenciado en Criminología, y ahora con la adaptación a los planes de Bolonia, el Grado en Criminología. Pues tenemos las oportunidad de hacerlo Oficial como titulación Superior. Existen varias Universidades en nuestra comunidad que imparte dicha titulación.

 

Como ya sabéis nuestra Asociación lucha entre otras cosas, por un Colegio Profesional de Criminología, al parecer ya ha sido en la Comunidad Valenciana la primera en ser creada. Como es lógico el Colegio Profesional de Criminología solo tienen cabida los Titulados Superiores, es decir los Licenciados o Graduados. Ni que decir tiene la importancia que tiene la creación de dicho Colegio Profesional, sobre todo para el futuro de la Criminología para España, para Andalucía, para Sevilla para todos los profesionales de la Criminología.


Os dejo a continuación un escrito remitido por uno de nuestros Socios, el cual pone a disposición de todos, su experiencia y opinión sobre la ADAPTACIÓN en Criminología en Jerez, proveniente del Título de Experto en Criminalidad y Seguridad Pública de la Universidad de Sevilla.
 

Esta Asociación está realizando gestiones con la Universidad de Sevilla, para intentar que de alguna forma haya posibilidad de ampliar el ratio de admisión y adaptación de los Diplomados en Criminología actuales y obtener el Grado en Criminología. Sin más preámbulo os dejo el escrito.

Pte. ASCRIM. Dr. D. JM Macías 

ESCRITO DE UN MIEMBRO DE LA ASOCIACIÓN

 

Hola a todos compañeros criminólogos, os escribo para comentaros experiencia en la adaptación al Grado en Criminología.

 

Yo al igual que todos tengo el Título de Experto en Criminalidad y Seguridad Pública, pero desde el año pasado nos brindaron la oportunidad de hacer un curso puente para obtener también el grado y de esta forma tener 2 titulaciones.

 

Yo he comenzado este año (2012/13) y estoy muy contenta de haber tomado la decisión de continuar con los estudios de criminología ya que estoy viendo cosas que antes no había visto y de esta manera estoy ampliando mis conocimientos en el terreno de la criminología.

 

Sé que muchos no os planteáis la idea de sacaros el grado porque tendrías que cambiar muchos aspectos de vuestra vida, sobre todo en el ámbito laborar para poder asistir a clase y mas que hay que desplazarse hasta Jerez.  Pero sinceramente no tendrías ningún impedimento para realizarlo ya que compañeros que no pueden desplazarse se lo han comunicado a los profesores y no le han puesto ningún impedimento, lo único que tendrán que realizares un trabajo, pero sinceramente creo que merece la pena ya que con el Grado tendremos más puertas abiertas en el terreno laboral, por lo que os animó a todos a que sigáis con los estudies.

 
Un cordial saludo. Socia de ASCRIM

domingo, 18 de noviembre de 2012


 

Ya en otros países de influencia hispana,  van imponiendo y necesitando técnicos en  Ciencias Criminológicas.
Esperemos que en nuestro país, comience a ser normal esta figura, que desde 2006 existen en España titulados superiores con una formación oficial y reconocida a espera de una vez por todas de la oportunidad de poder desarrollar su labor  profesional para lo que se han preparado y formado.
Dr. D. J M Macias. Pte. ASCRIM Sevilla.
 
17 de noviembre de 2012
Ordenan crear gabinete técnico-criminológico en la cárcel


Así lo dispuesto el Juez Martín Lozada al dictar una sentencia de hábeas corpus por medio de la cual intimó a la Secretaría de Seguridad y Justicia para que en el término de 30 días ponga en funcionamiento el organismo técnico-criminológico en la Unidad Penitenciaria de San Carlos de Bariloche.

La ausencia de tal gabinete, sostuvo el magistrado, "delata que no se lleva a cabo ningún tipo de evaluación respecto de los internos alojados de la unidad penitenciaria local, ya sean procesados o condenados, lo cual impide saber de acuerdo a criterios profesionalizados cuál es el tratamiento que requiere cada uno de aquellos".

Agregó, además, que "el desconocimiento de qué tipo de intervención puntual requiere cada uno de los internos e internas trae aparejado un franco perjuicio para quienes deben estar privados de su libertad ambulatoria en la Unidad Penitenciaria. Y ello, por cuanto dicha privación debe estar orientada a un preciso plan de acción en torno a su resocialización y posterior reinserción social. Aspiraciones que resultan ser de cumplimiento imposible ante la situación de abandono que aquí se viene planteando. Abandono que resulta una contradicción grave a los términos del art.18 de la Constitución Nacional y los pactos y tratados internacionales suscriptos por la República Argentina, por lo que resulta indispensable repararla de modo urgente".

Sostuvo el magistrado que "la restricción de la libertad ambulatoria de las personas y su alojamiento en establecimientos penitenciarios tiene una finalidad constitucional precisa: la resocialización de los allí alojados. Para lograr tal finalidad se dictó en nuestro país, en fecha 19 de junio de 1996, la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad -24660-, la que expresamente dispone en su artículo 1 que “La ejecución de la pena privativa de libertad, en todas sus modalidades, tiene por finalidad lograr que el condenado adquiera la capacidad de comprender y respetar la ley procurando su adecuada reinserción social (...) El régimen penitenciario deberá utilizar, de acuerdo con las circunstancias de cada caso, todos los medios de tratamiento interdisciplinarios que resulten apropiados para la finalidad enunciada”.

De acuerdo a ello, "a más del mero depósito de personas, los establecimientos carcelarios tienen por cometido constitucional la puesta en práctica de un tratamiento tendiente a lograr dicha resocialización y reinserción. El cual debe ser supervisado por un organismo técnico-criminológico sobre la base del principio de progresividad (arts. 6 y 13 de la ley 24660). Dichos dispositivos normativos rigen tanto para las personas procesadas como para aquellas que se encontrasen condenadas (art. 11). Tratamiento que, como ha quedo expuesto en autos, no existe como tal".

Afirmó el Juez Lozada que "en la presente nos encontramos frente a un colectivo de personas privadas de su libertad que nunca fueron evaluadas en su tránsito penitenciario. Al menos desde una perspectiva técnico-profesional, tal cual lo plantea la ley 24.660 en vigencia (...) Su actividad permite adecuar el tratamiento que deben recibir tanto las personas procesadas con prisión preventiva como las condenadas. En lo fundamental, debido a que su tránsito penitenciario debe estar divididos en fases o grados con modalidades de ejecución de distinta intensidad en cuanto a sus efectos restrictivos. Etapas a las cuales la persona privada de su libertad debe ir accediendo gradualmente de acuerdo a su evolución en el régimen".

Dicho organismo, conforme surge de lo establecido en el art. 185 de la ley 24.660, debe integrarse por un psiquiatra, un psicólogo, un asistente social y en lo posible, entre otros, por un educador y un abogado, todos ellos con especialización en criminología y en disciplinas afines. La referida ley provincial, en similar sentido, establece en su art. 30 e) que dicho gabinete estará integrado, al menos, por un médico psiquiatra, un psicólogo, un asistente social,un docente y un instructor laboral.

Finalmente, expresó que "la seguridad como deber primario del Estado no sólo importa resguardar los derechos de los ciudadanos frente a la delincuencia, sino también, como se desprende de la legislación citada, los de los penados, cuya readaptación social se constituye en un objetivo superior del sistema. Objetivo éste que nunca se va a poder lograr cuando existan incumplimientos de las obligaciones por parte de quien tiene aquella responsabilidad".
 
(Noticia extraída de la noticia publicada en la web http://www.anbariloche.com.ar/noticia.php?nota=32501.)